Las empresas de transporte ya no deberán pedir documentación para que los menores salgan del país
El Gobierno nacional realizó un cambio en la normativa migratoria que establece que las empresas de transporte internacional ya no tendrán la obligación de pedir la documentación para que los menores de 18 años puedan salir del país.
La medida fue oficializada a través de la Disposición 166/2025 de la Dirección Nacional de Migraciones, que se publicó este jueves en el Boletín Oficial.
Hasta el momento, aerolíneas y servicios terrestres y fluviales debían pedir a sus pasajeros que salían del país que presenten documentos como la certificación de residencia Precaria, temporaria o Permanente, o los permisos para que los menores puedan salir del país sin sus padres o acompañado por sólo uno de ellos. En caso de no hacerlo, podían recibir sanciones o multas.
Con el cambio en la normativa,el Gobierno estableció que “las operadoras de transporte internacional de pasajeros resultarán dispensadas de requerir la documentación accesoria de egreso”.
La medida se fundamenta en que las nuevas modalidades establecen permiten tramitar el check-in previo al abordaje en forma remota, por lo que consideraron que se debían simplificar los procesos en la tramitación de control migratorio para “brindar un servicio más eficaz y eficiente, generando un escenario de mayor confort para el ciudadano”.
Las autoridades también remarcaron que si bien las empresas de transporte no tendrán obligación de pedir la documentación para que menores de edad puedan salir del país, la misma seguirá siendo controlada por el personal de control migratorio en el ingreso y egreso al país.