Turismo

Ley Ómnibus:Turismo en la era de Milei.

En una movida audaz para desregular la economía argentina, el presidente Javier Milei ha presentado un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que revoca tres leyes vinculadas al turismo, desencadenando incertidumbres y modificaciones significativas en el sector. Con 366 artículos, el DNU busca reducir la carga burocrática y aumentar la oferta de desarrollos turísticos, pero las dudas y preocupaciones comienzan a emerger.

El DNU, que entró en vigencia hoy 29 de diciembre, deroga las leyes 18.829, 18.828 y la 26.356, marcando un cambio significativo en la regulación de agencias de viajes, hoteles y otros prestadores.

El Capítulo II del proyecto presenta varias modificaciones significativas:

Derogación de Leyes Específicas: Se propone la derogación de la Ley N° 17.752, que se enfocaba en la promoción de la construcción de hoteles de turismo internacional, y de la Ley N° 21.056, relacionada con la promoción del turismo a través de líneas de transporte.

Anulación del Comité Interministerial de Facilitación Turística: Se plantea la anulación de los artículos 3°, 4° y 5° de la Ley N° 25.997 de Turismo, que están vinculados al Comité Interministerial de Facilitación Turística. Esta medida implica la desaparición completa de este organismo, creado durante la gestión de Gustavo Santos.

Modificación de Principios Rectores: Se sugiere la sustitución del artículo 2° de la Ley N° 25.997 de Turismo, eliminando el principio rector que establece el turismo como un derecho social y económico, contribuyendo al desarrollo integral y la revalorización cultural de las comunidades.

Cambios en las Facultades del Organismo Turístico: El proyecto propone la sustitución del artículo 7° de la Ley N° 25.997 de Turismo, excluyendo puntos como la elaboración del plan de inversiones y obras públicas turísticas, así como la fijación de tarifas y precios en el ámbito del turismo social y recreativo. Además, se elimina la fiscalización y auditoría de emprendimientos subvencionados por la Nación.

Impulso a Inversiones Privadas: Se busca derogar artículos relacionados con la preparación anual de planes de trabajo y presupuestos, mientras se agrega el impulso e incentivo a inversiones privadas con fines turísticos, tanto nacionales como extranjeras.

Además, en la reforma se plantea la sustitución del artículo 8° de la Ley N° 25.997 de Turismo, excluyendo facultades como la administración de infraestructuras turísticas, el diseño de sistemas de créditos para el desarrollo turístico, la subvención a entidades oficiales de turismo, y otras atribuciones relacionadas con la promoción turística.

Modificaciones en el Consejo Federal de Turismo (CFT):

Dentro de las alteraciones propuestas en el artículo 12.° de la Ley 25.997 de Turismo, se destaca la ampliación de funciones del Consejo Federal de Turismo. Además de sus responsabilidades existentes, se añade que el CFT deberá «desarrollar aquellas actividades que le sean encomendadas por la autoridad de aplicación de la presente ley». Las funciones específicas del CFT incluyen:

-Dictar su reglamento interno.
-Convocar a entidades públicas y privadas a la asamblea como miembros no permanentes con voz, pero sin voto.
-Participar en la elaboración de políticas y planes para el desarrollo del turismo.
-Proponer la creación de zonas, corredores y circuitos turísticos.
-Fomentar el desarrollo de políticas de planeamiento estratégico compartidas entre el sector público y privado.
-Asesorar en cuestiones referentes a la organización, coordinación, promoción y reglamentación de las actividades turísticas.
-Promover el desarrollo turístico sustentable de diferentes regiones.

Situación del Instituto Nacional de Promoción Turística (Inprotur):

Aunque el Inprotur continuará operando como hasta ahora, el proyecto de ley sugiere modificaciones en relación con los ingresos y recursos del instituto. Actualmente, la ley vigente establece que el Inprotur cuenta con recursos provenientes de aportes nacionales, impuestos, aportes del sector privado, ingresos por eventos y otras fuentes legales.

Sin embargo, el proyecto contempla cambios en la posibilidad de crear impuestos para obtener nuevos recursos específicamente destinados al cumplimiento de los objetivos del Instituto. Esta medida abre la puerta a posibles ajustes en la financiación del Inprotur y plantea interrogantes sobre cómo se gestionarán los ingresos para impulsar la promoción turística nacional.

Estas reformas generan incertidumbre en el sector turístico y sus actores, quienes siguen de cerca el proceso legislativo y evalúan el impacto de las propuestas en el desarrollo y promoción del turismo en Argentina.