Últimas noticias

Cómo es el proyecto presentado en el Senado para sumar aerolíneas, aumentar la conectividad y potenciar el turismo

La senadora mendocina Mariana Juri (UCR) presentó un proyecto en el Senado de la Nación para que más aerolíneas puedan operar en el país y mejorar la conectividad entre provincias.

La iniciativa fue recientemente tratada en la Comisión de Presupuesto y Hacienda, donde se recibieron a autoridades de líneas aéreas low cost, con la mira puesta en reducir impuestos para aumentar los prestadores y las rutas dentro de la Argentina.

Según explicó en sus redes sociales, el proyecto busca reformar “aspectos impositivos del sector para que lleguen nuevas compañías y aumente la oferta de vuelos y, por tanto, el turismo en todo el país”.

El texto de la normativa establece la modificación del artículo 90 de la ley N° 27.431, para que las sociedades y empresas que presten en la Argentina el servicio de transporte aerocomercial de pasajeros puedan “utilizar el saldo a favor acumulado y/o por generarse a que se refiere el primer párrafo del artículo 24 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado y sus modificaciones, para el pago de las obligaciones impositivas cuya recaudación, aplicación y percepción se encuentran a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)”.

Juri fundamentó en el documento que con dicho artículo “se hizo exclusivamente beneficiarias de un régimen tributario especial a las empresas comprendidas en las Leyes N° 26.412 y N° 26.466”, como el caso de Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima y Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur Sociedad Anónima y de sus empresas controladas.

“Este régimen especial y exclusivo le permite utilizar el saldo a favor acumulado o a generarse en el futuro de Impuesto al Valor Agregado para el pago de obligaciones impositivas, lo que en la práctica significa ampliar las posibilidades de cómputo del saldo técnico IVA”, explicó.

Tal saldo técnico de IVA a favor de las aerolíneas “se origina por la diferencia entre el crédito fiscal (21%) y el débito fiscal (10,5% para el transporte de cabotaje)”, indicó. “En la práctica acontece que las aerolíneas que prestan servicios en nuestro territorio venden tickets de cabotaje con un 10,5% de alícuota de IVA y pagan 21%, lo que genera importantes saldos a favor de IVA crédito, sin que existe posibilidades – salvo para las aerolíneas nombradas- que compensen su saldos a favor con otras obligaciones impositivas. Solo se puede utilizar para pago de otras obligaciones fiscales nacionales el saldo de libre disponibilidad”, sumó.

En este contexto, Juri remarcó que este régimen “constituye un privilegio para las empresas beneficiadas, que se traduce en una directa e injusta afectación a la libre competencia y una lesión manifiesta al principio de igualdad de trato consagrado en el artículo 16 de la Constitución Nacional”.

“Aerolíneas Argentinas y las otras empresas nombradas pueden utilizar su saldo técnico de IVA para pagar otros impuestos, mientras que las restantes aerolíneas y empresas que prestan servicios en el país no pueden hacerlo. Con ello, se les permite mejorar significativamente –y exclusivamente a tales empresas– el flujo de caja y reducir notablemente sus costos operativos, otorgándole una ventaja comparativa que lesiona gravemente la sana y libre competencia que debiera existir entre las empresas que prestan el mismo servicio”, manifestó.